Contenido de la Directiva Fundamental número 23, publicada por el Inspector General de las Tropas Acorazadas el 07.12.1943 y donde, frente al elevadísimo número de pérdidas de vehículos blindados (abandonados ó volados en territorio enemigo) a lo largo de del año 1943, se ordena la realización de investigaciones sobre el abandono evitable de cualquier vehículo blindado así como la búsqueda y el castigo de los responsables.

H.Qu. OKH, el 7.12.1943

OKH Chef des Generalstabes des Heeres
Generalinspekteur der Panzertruppen

Nr. 2861/43 geh.









Directiva Fundamental Nr. 23



Este año el número de pérdidas totales de vehículos de combate blindados ha alcanzado unas cifras insoportables. No en todos los casos estas pérdidas han sido causadas por el desenlace de los combates; en muchos casos individuales han sido provocadas por la falta de rapidez y decisión ó incluso indiferencia de los jefes responsables y de las tripulaciones. En muchas ocasiones en los que la pérdida del vehiculo ha sido inevitable, el desmontar y recuperar parte del valioso equipo hubiera sido posible.

La por parte de los jefes tácticos irresponsable asignación de operaciones a vehículos de combate blindados, sin previa preparación, practicamente imposibles de llevar a cabo y que sobrepasan los límites tácticos y de rendimiento de los vehículos, ha conducido a muchas pérdidas totales sin que en estos casos se pueda responsabilizar a las tripulaciones.

La continuación de esta insoportable debilitación material de nuestro poder de combate debe evitarse en el futuro y los culpables tendrán que responsabilizarse. La comunicación estereotipo "volado en territorio enemigo" es insuficiente.


Con efecto inmediato se ordena lo siguiente:

  1. Por cualquier vehículo blindado (carro de combate, cañón de asalto, cañón anticarro autopropulsado, vehículo blindado de reconocimiento, vehículo blindado de transporte personal) perdido en territorio enemigo deberá de llevarse a cabo una investigación apoyándose en el patrón que se adjunta. El comandante de División, en tropas del Ejercito el Comandante General, decidirá posteriormente sobre las responsabilidades. Deberá de entregarse un informe en todos los casos en los que se hayan podido demostrar responsabilidades así como en aquellos casos no aclarados.


  2. Se enviará una copia de la investigación al Inspector General de las Tropas Acorazadas y éste en el caso pertinente las dirigirá a los generales de Armas pertinentes.


  3. Aquellas tripulaciones que recuperen sus vehículos bajo condiciones excepcionalmente dificiles deberán de ser propuestos para ser condecorados ó bien ser recompensados con permisos.





Anexo




Juicio sobre la pérdida total de un carro de combate



  1. Modelo y número de chásis:

  2. Fecha y lugar donde se ha producido la pérdida:

  3. Número de carros de combate empleados, misión táctica, terreno, fuerzas enemigas, etc.
    Nombre y tropa a la que pertenece el responsable de la misión:

  4. Tipo de daños producidos por el enemigo ó bien otros motivos para la pérdida:

  5. Quién ordenó abandonar ó volar el vehículo?

  6. En qué estado se ha entregado el vehículo al enemigo ? (detalles sobre el tipo de explosión y sus efectos)

  7. Dónde se encuentran las armas, sistema de comunicación y otro tipo de equipo?

  8. Nombre y tropa a la que pertenecen los testigos:

  9. Opinión del comandante del Batallón:

  10. Opinión del comandante del Regimiento:

  11. Decisión final del comandante de División (ó bien Comandante General):

    1. Quién es el responsable de la pérdida del vehículo ó bien de la pérdida del equipo?

    2. En caso de existir responsables: qué medidas se han tomado contra ellos?